Un coche entra en el taller, se repara y sale. En cada uno de esos tres momentos la norma de talleres pide un papel concreto: el resguardo de depósito al entrar, la factura desglosada al salir, y una garantía que sigue viva meses después. Aquí va lo que dice cada uno, con su artículo.
Al entrar: el resguardo de depósito
Siempre que el coche se quede en el taller, para presupuestarlo o para repararlo, el taller tiene que entregar un resguardo de depósito (Real Decreto 1457/1986, artículo 14.7). Si hay presupuesto firmado por los dos, ese presupuesto hace de resguardo. Si no, el resguardo debe llevar como mínimo:
- El NIF y el domicilio del taller.
- El nombre y el domicilio del cliente.
- Marca, modelo, matrícula y kilómetros, y si el coche se deja para presupuesto o para reparación.
- Una descripción breve de la reparación, con sus importes si ya se conocen.
- La fecha prevista de entrega del presupuesto o del coche reparado.
- La fecha y la firma del taller.
Ese resguardo es lo que el cliente presenta para recoger el presupuesto o el coche. Si lo pierde, tiene que identificarse a satisfacción del taller (14.7.2 y 14.7.3).
Al salir: la factura y los días de estancia
La factura tiene que ir por escrito, firmada y desglosada: operaciones, piezas, horas de trabajo y cualquier cargo, cada uno con su importe (artículo 15.1).
Los gastos de estancia sólo se pueden cobrar si, avisado el cliente de que el presupuesto está hecho o el coche reparado, no contesta o no lo recoge en tres días hábiles. Y sólo por los días que pasen de ese plazo, con el coche bajo custodia del taller (artículo 15.2).
Después: la garantía de la reparación
El artículo 16 fija una garantía mínima para toda reparación:
- Tres meses o 2.000 kilómetros. En vehículos industriales, quince días o 2.000 kilómetros.
- Si una pieza montada tiene una garantía más larga, para esa pieza vale la más larga.
- Cuenta desde la entrega del coche, y vale mientras nadie más lo manipule o repare.
- Es total: piezas, mano de obra, transporte e impuestos de la nueva reparación.
- Las piezas que trae el propio cliente no las garantiza el taller que las monta.
Y una que se olvida: el taller no puede usar el coche de un cliente sin su permiso expreso (16.9).
Lo que suele fallar no es el papel, es encontrarlo
Tres meses después, cuando el cliente vuelve diciendo que el ruido ha vuelto, hay que encontrar la factura, ver qué se cambió y comprobar los kilómetros. Si todo eso está en la ficha del coche, la conversación dura un minuto. Si está en una carpeta o en un chat, dura una mañana.
Esto es orientación con la fuente delante, no asesoría jurídica. Tu comunidad autónoma puede tener normas de consumo que añadan requisitos, por ejemplo sobre las hojas de reclamaciones.