Me ha llegado una notificación de Hacienda: qué hacer y desde cuándo corre el plazo

Asesorías y gestorías27 de octubre de 20264 min

Te llega un aviso de que tienes una notificación de Hacienda y lo primero que piensas es qué habrás hecho mal. Puede ser un requerimiento, una propuesta de liquidación o una simple comunicación. Lo que no conviene es dejarla sin abrir «para verla con calma»: en las notificaciones electrónicas, el tiempo corre aunque no la abras.

No abrir una notificación no la congela. A los diez días cuenta como notificada, y desde ahí corren los plazos.

La regla de los diez días

Cuando la notificación electrónica es obligatoria, o la elegiste tú, se entiende rechazada si pasan diez días naturales sin acceder a ella (Ley 39/2015, artículo 43.2). Naturales: cuentan sábados, domingos y festivos.

Y rechazarla no la para. La ley dice que, si se rechaza, se da por efectuado el trámite y el procedimiento sigue (artículo 41.5). Hacienda aplica estas reglas generales con las especialidades de su propia ley (Ley General Tributaria, artículo 109).

Quién la recibe por vía electrónica

Las sociedades y las entidades sin personalidad jurídica están obligadas a relacionarse con la Administración por medios electrónicos (Ley 39/2015, artículo 14.2). Si eres persona física, depende de tu caso: pregúntale a tu asesor si estás dado de alta en las notificaciones electrónicas.

Dónde mirarla

Se consulta en la sede electrónica del organismo o en la Dirección Electrónica Habilitada única (DEHú), según lo que use cada Administración (artículo 43.1).

Si el aviso te llega por SMS o por correo, no pinches el enlace. Entra tú a la sede electrónica escribiendo la dirección.

Qué hacer, en este orden

Cuatro pasos, y el tercero es el que más se retrasa:

  • Ábrela, o pídele a tu asesor que la abra si tiene tu autorización.
  • Busca el plazo que indica la propia notificación para contestar, alegar o pagar. Cada tipo trae el suyo.
  • Mándasela a tu asesor ese mismo día con una frase: qué es y cuándo la abriste.
  • No contestes por tu cuenta sin que la haya visto alguien que sepa lo que pide.

Si tienes una asesoría: lo que pasa a las seis de la tarde

El cliente abre la notificación por la tarde, se asusta y llama. Si nadie coge el teléfono, manda un WhatsApp que se pierde entre otros veinte.

Una asistente con IA atiende esa llamada o ese mensaje, le dice que es importante y que guarde la notificación sin dejar pasar el plazo, y lo marca como urgente para que sea lo primero que veas por la mañana. No le dice si tiene que pagar o no: eso es tuyo.

Esto es orientación con la fuente delante, no asesoría fiscal. Cada notificación trae sus propios plazos y efectos; para la tuya, habla con tu asesor.

Esta web no usa cookies de analítica ni de publicidad: solo recuerda lo que elijas aquí. Si algún día las usa, solo se activarán si las aceptas. Más información